TJUE: Derecho indemnizatorio por sentencias nacionales

Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reiterado que  una sentencia firme dictada por un tribunal nacional no puede quedar al margen del Derecho de la Unión Europea. Una resolución judicial que vulnere gravemente este Derecho puede, en determinadas circunstancias, generar la obligación del Estado de indemnizar al ciudadano perjudicado.

La cuestión tiene especial trascendencia cuando la vulneración procede de un órgano judicial que resuelve en última instancia, es decir, cuando el afectado ya no dispone de recursos ordinarios para corregir la decisión.

Ahora bien, haber perdido un procedimiento judicial y considerar que el tribunal interpretó incorrectamente una norma europea no basta con reclamar. Deben concurrir tres requisitos: que la norma infringida esté destinada a conferir derechos a los particulares, que la infracción esté suficientemente caracterizada y que exista una relación de causalidad directa con el daño.

Cuando el daño procede de un tribunal de última instancia, esa gravedad exige una infracción manifiesta. Para apreciarla se valoran, entre otros elementos, la claridad de la norma, si el error era excusable o si el tribunal se apartó de la jurisprudencia existente del Tribunal de Justicia.

También cuenta la cuestión prejudicial. Los tribunales de última instancia deben, salvo excepciones, consultar al TJUE cuando hay dudas sobre el Derecho europeo, y justificar adecuadamente su decisión de no hacerlo. Omitir esa consulta cuando procedía es un indicio relevante, pero no da derecho por sí solo a una indemnización, sino que debe haberse vulnerado, además, una norma europea que confiera derechos al particular.

La responsabilidad patrimonial es, por tanto, una última garantía reservada a supuestos excepcionales. No permite volver a juzgar cualquier pleito perdido ni modifica la sentencia firme, que conserva su fuerza de cosa juzgada. Lo que permite es reclamar al Estado la reparación del perjuicio causado. En nuestro ordenamiento, además, esta reclamación exige obtener antes una declaración de error judicial, sujeta a plazos muy breves.

Visto el panorama actual, y en el supuesto de que usted se halle en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente.

Artículo publicado por Ana Huguet en el Diario El Segre, pulse aquí para acceder.